ANMAC: La “Caja” de Pandora

ANMAC: La “Caja” de Pandora
Por Gustavo Rubio

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Con la
Resolución 54/2017 publicada en Boletin Oficial, el gobierno nacional en su miopía autoimpuesta al dejarse influenciar y promocionando las mentiras desarmistas, no sólo garantiza un MONOPOLIO millonario de los exámenes psicofísicos exigidos por el ex Renar sino que lo hace a través de una empresa cuestionada por funcionarios del mismo gobierno y, contrario a todos los discursos presidenciales y de los infatigables referentes, nos lleva a un paso más cerca de México y Venezuela.

Según la mitología griega la historia de Pandora (para Mazon Pandora se traduce como “el regalo de todos” y según Graves “la que da todo”…) y su famosa caja se enmarca dentro del mito de Prometeo, quien robó el fuego a los dioses para entregárselo a los hombres. Hay varias versiones, pero la historia de Pandora es una venganza de Zeus como parte de un castigo a Prometeo por haber revelado a la humanidad el secreto del fuego vedados a ellos y privilegio exclusivo de los inmortales. Es así que por orden de Zeus padre de los dioses, Hefesto, famoso por sus habilidades, formó la estatua de una hermosa doncella y de este modo Zeus, bajo la apariencia de un bien, había creado un engañoso mal, al que llamó Pandora. Entonces condujo a la mujer a la Tierra, donde los mortales y dioses convivían. Pero ella se dirigió hacia Epimeteo, el ingenuo hermano de Prometeo, llevándole una caja regalo de Zeus. Prometeo le había advertido a su hermano que nunca aceptase un obsequio venido del Olimpo, para no ocasionar con ello daño a los hombres y debía de rechazarlo inmediatamente. Epimeteo, olvidándose de aquellas palabras, se casó con la hermosa doncella y no se dió cuenta del mal hasta que ya lo tuvo. Hasta ese entonces los hombres, aconsejadas por Prometeo, habían vivido libres del mal y enfermedades. Pero la mujer había llevado un regalo: una gran caja con tapa (ánfora con tapa para ser más específicos). Apenas llegada junto a Epimeteo abrió la tapa y enseguida volaron del recipiente innumerables males que se desparramaron por la Tierra con la velocidad del rayo. Oculto en el fondo de la caja había un único bien: la esperanza; pero, siguiendo el consejo del Padre de los dioses, Pandora dejó caer la cubierta antes de que aquella pudiera echar a volar, encerrándola para siempre en el arca.
Palabras más, palabras menos, esta es la historia que ilustra lo que el ANMAC fue construyendo desde su creación: una caja de Pandora con las Resoluciones Nros. 13 del 13 de setiembre de 2016; 23 del 22 de noviembre de 2016; 1 del 16 de enero de 2017; 15 del 31 de marzo de 2017 para combatir las irregularides en los psicofísicos que remata con la resolución 54/17. La idea de la dirección del ANMAC, avalada por el silencio y la inacción de los referentes de Cambiemos a pesar de las innumerables y variadas denuncias y pedidos, se resume así: violando todos las leyes antimonopólicas, con especificaciones técnicas que contradicen las bases particulares, con artículos que discriminan ciudadanos, desconociendo las matrículas médicas argentinas y alegando irregularidades y corrupción en los exámenes médicos de la etapa anterior, le otorga a Dienst Consulting SA, empresa cuestionada y denunciada incluso por el actual gobierno bonaerense, el manejo de los exámenes psicofísicos en exclusividad. Le da un monopolio millonario con moño y todo. Es así que, como el Zeus de la mitología bajo la apariencia de un bien, crea un engañoso mal, con la excusa de combatir las irregularidades puntuales se decide atacar al conjunto de los legitimos usuarios de armas e ir empujando a parte de la sociedad a la estar fuera de la ley. Se ve que el Gobierno tiene que mantener el balance: urbanizan villas como debe ser, dando derechos y dignidad a los que estaban fuera de la ley pero al mismo tiempo, dejar a miles que estaban dentro de la ley en el camino de la ilegalidad. Prometieron republica pero nos siguen dando populismo. 
 Lo que no está claro si es sólo para construir “la Caja” de Pandora que usará este u otro gobierno (¿afin a la formación sciolista de la Directora?) o para castigar a pedido de los desarmistas a quienes aprendieron a usar el fuego, privilegio exclusivo de los dioses gobernantes…
Es así que algunas cuestiones que llaman la atención sobre lo tirado de los pelos del asunto:
1. En uno de los considerandos dice: “Que mediante Resolución ANMAC N° 15/2017 resultó adjudicataria de la prestación de las certificaciones pertinentes previstas en el Sistema Único de Emisión de Certificados Psicofísicos la empresa DIENST CONSULTING S.A” y teniendo en cuenta las denuncias que la empresa tiene estaría contradiciendo las bases de la licitación en el punto “7.1.2. Documentación del procedimiento de selección en particular: d. Una declaración jurada del Oferente, con las siguientes declaraciones: Inexistencia de incompatibilidades por parte del OFERENTE y de sus Integrantes en caso de ser una UTE para contratar con el Estado Nacional.”
2. En otro considerando deja implícito que Dienst Consulting no estaría preparada al día de la emisión del boletín oficial y por ende, incluso después de haber ganado la licitación, para la cobertura nacional (es una empresa bonaerense, con sedes en tres o cuatro lugares) ya que aconseja “Que resulta conveniente implementar la medida en forma gradual, comenzando con aquellas jurisdicciones que poseen mayor cantidad de usuarios de materiales controlados y mejor acceso a las prestaciones del Sistema, y otorgando, asimismo un plazo cierto de validez temporal a la presentación de certificaciones psicofísicas emitidas de conformidad a la normativa vigente con anterioridad”. (si somos mal pensados, lo de las jurisdicciones con mayor cantidad de usuarios sería para recaudar, ¿verdad? ) El pliego de Bases y condiciones particulares, artículo 3, especificaciones técnicas: “3.1 Dentro de la retribución del Contratista por el servicio adjudicado se entenderán incluidos todos los estudios médicos, clínicos y de aptitudes psicológicas / psiquiátricas y físicas y de idoneidad teórica respecto de todos los solicitantes que tramiten la Credencial de Legítimo Usuario Individual de Armas de Uso Civil y Uso Civil Condicional, materiales especiales, explosivos, pólvoras y afines en el territorio de la República Argentina…” también el art. 4: de los oferentes “Los OFERENTES deberán: a) tener experiencia comprobable como contratistas principales o subcontratistas, desarrollada en la República Argentina de servicios relacionados con la salud humana, especialmente relacionados con la medicina laboral/legal y la verificación y administración de certificaciones médicas y de aptitud psicofísica por profesionales especializados a) Acreditación de Antecedentes Técnicos Los OFERENTES deberán acreditar antecedentes técnicos en proyectos similares o equivalentes al presente desarrollados en la República Argentina…” A su vez de acreditación de antecedentes de los Recursos Humanos afectados al Proyecto. Los OFERENTES deberán acreditar los antecedentes técnicos de la totalidad los siguientes RRHH afectados al proyecto en el territorio de la República Argentina…” Siempre se nombra la República Argentina y no una parte, sección, provincia o territorio parcial del país. Esa cobertura total del territorio al momento de presentarse a la licitación debería haber sido evaluado específicamente en el artículo 10: “CRITERIO DE EVALUACION Y SELECCION DE OFERTA. ADJUDICACIÓN. 10.1. Evaluación d) Cobertura geográfica.”
Una prestadora de servicios médicos privados, una prepaga como comúnmente se la denomina, tranquilamente cubría todo lo pedido y tendrían alcances nacionales, ya que incluso cubren a sus asociados en viajes al exterior. Llamativamente e indudablemente para evitar esto y evitar que los médicos puedan ser aceptados como personal idóneo, el artículo 4 de las Especificaciones técnicas que habla de las prohibiciones, no deja participar a las Prepagas u otras mutuales u obras sociales, médicos particulares ni asociaciones médicas habilitadas para emitir certificados oficales ya que “En ningún caso, para la prestación del servicio contratado se podrán utilizar las instalaciones, la infraestructura, el equipamiento tecnológico y recursos humanos pertenecientes a la Agencia Nacional de Materiales Controlados, como así tampoco podrán utilizarse las redes de salud pública de los Estados Nacional, Provinciales y Municipales…
3. En las resoluciones el Artículo 4 limita la movilidad, traslado, migración y cualquier otra actividad que al momento de vencerse le credencial del legítimo usuario la persona estuviera haciendo así como desconoce los plazos irregulares de los trámites cambios de domicilio tienen en todo el país al decir “…Asimismo quedan comprendidos en dicha prescripción aquellos usuarios que de acuerdo a su Documento Nacional de Identidad, posean su domicilio radicado en las mencionadas jurisdicciones, independientemente del lugar de presentación del trámite.”
4. En las resoluciones, Artículo 7, el gobierno discrimina los ciudadanos, dice que hay ciudadanos de primera y de segunda, dependiendo que éstos trabajen o no para el estado en funciones específicas. A través de esto no sólo admitiendo que las razones para la implementación del Sistema Único de Emisión de Certificados Psicofísicos son arbitrarias y sin fundamento si no si el solicitante es parte del gobierno o del sistema judicial como ser ministro, secretario, juez, abogado defensor oficial, fiscal, gobernador, funcionarios (hasta subdirector) legisladores nacionales y pciales e intendentes puede optar por hacerse el psicofísico en donde se le cante ya que sería uno de esos dioses a los que le afanaron el fuego. Por ejemplo: la Doctora Gambaro, como funcionaria con el cargo de directora, puede optar por atenderse con el psiquiatra que su obra social le cubra pero a una persona común no puede elegir examinarse ni siquiera con el mismo psiquiatra de la doctota ya que la resolución que hizo el ANMAC lo prohíbe …”Prescríbase que los funcionarios enunciados en el ANEXO 1 de la Resolución “S” N° 328/95 del Ministerio de Defensa podrán certificar su aptitud psicofísica por medio del Sistema Único de Emisión de Certificados Psicofísicos o por profesionales ajenos al sistema según propia elección de los mismos, conforme las Disposiciones Renar Nros. 197/06 y 311/13” Para cambiemos sigue habiendo personas con prvilegio, con custodia armada y asistencia policial las 24hs del día y que están por encima de la ley…
Lo anterior son sólo algunas de las pocas que se pueden extraer en una rápida lectura y que los funcionarios de Cambiemos deben reveer para no contradecirse.
En medio de la campaña de las inútiles PASO (ya que ningún partido se dignó a presentar internas nacionales o provinciales) los dioses le permitieron a Pandora presentar su “caja” Y calamidades que afectará a los simples mortales. También puede ser que algunos dioses caídos a menos le hayan dejado a Pandora y su caja a los hombres de Cambiemos para así recuperar el fuego perdido en el 2015 y que otros hagan el trabajo sucio. Una especie de caballo de Troya para torpedear el gobierno desde adentro.
Lo cierto que es que de una u otra manera, las calamidades y los errores políticos las pagan los legitimos usuarios y la sociedad, los simples mortales ante la ley armada a base de mentiras y rapiña. Con la resolución desarmista 54/17 el horizonte que abrieron los políticos se abre adelante nuestro es el estado mexicano, con sus narcos, sus NiUnaMas y con la gente esperando su hora o es el narco estado dictatorial de Venezuela sin sus libertades individuales. Se ve a la clase política le gustan esos destinos pero parece que a la gente no y se está cansando de agachar la cabeza.
La “Caja” de Pandora es una venganza de los dioses para castigar a Prometeo por haber revelado a la humanidad el secreto del fuego. Pero deben recordar que las enfermedades y calamidades pasan, van teniendo cura a lo largo del tiempo. Cronos se come a sus hijos. Eso si, los dioses deben recordar que los siglos pasan, y todavía no le han podido quitar el fuego a los hombres.

https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/168919/20170810
https://www.renar.gov.ar/pdf/PLIEGO%20DE%20BASESCONDICIONESPARTICULARES.pdf

Click to access ESPECIFICACIONESTECNICAS.pdf

2 thoughts on “ANMAC: La “Caja” de Pandora

  1. Luego de leer tu artículo, muy nutrido y veraz te pregunto ¿podemos hacer algo? estamos a tiempo para tratar de impedir que este fraude siga adelante con las consecuencias que tiene esto…? Te comento que de mi parte me uní al colectivo de LLUU que eligieron al abogado Kingston para que inicie acciones en nuestra defensa. Espero muchos nos unamos e intentemos de una u otra forma torcer el rumbo que tiene este atropello. Te saludos cordialmente y te felicito por el artículo!

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